Propone Elizabeth Muñoz Punto de Acuerdo para Restringir las Propuestas de Obvia y Urgente Resolución en el Cabildo

La Síndico Procurador Elizabeth Muñoz Huerta presentó ante la Secretaría General del XXIV Ayuntamiento de Ensenada, un punto de acuerdo por el que se reforman los artículos 72 y 78 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California.

Actualmente, el Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, no establece obligatoriedad para que las propuestas “de obvia y urgente resolución”, se justifiquen y expongan las razones por las cuales se les deba de dar el trato expedito y dispensar el proceso que el reglamento establece; lo que ha provocado que, se hayan presentado asuntos al Cabildo que por la naturaleza de la materia del asunto no debieran ser considerados de obvia y urgente resolución, además que no permite a los regidores y miembros del Cabildo analizar de manera detallada los temas, emitiendo así, un voto apresurado y en muchas ocasiones, con dudas.

Elizabeth Muñoz, explicó que el principal objetivo de la reforma, es establecer en la normativa municipal que las propuestas de Cabildo que soliciten considerarse “de obvia y urgente resolución” establezcan en su contenido un apartado en el cual se justifique la urgencia u obviedad del asunto, para evitar que temas que no ameritan resolverse al momento o que requieren mayor estudio sean desarrollados bajo el proceso que el Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, prevé, es decir; que se presenten al Cabildo, sean turnados a la comisión edilicia para su estudio y se emita un dictamen, para ser aprobado o desechado por el Cabildo. Lo cual permitirá que los regidores y miembros del Cabildo puedan tomar las mejores decisiones, con mayor conocimiento del tema.

La figura de “obvia y urgente resolución”, se contempla dentro del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, como un mecanismo para que el Cabildo dé un trámite ágil y expedito a un asunto, sin que este tenga que ser remitido a una comisión para que siga su proceso tradicional. En este caso, el edil solicita que se desahogue y se resuelva en el mismo momento de su presentación, el pleno determina mediante votación económica si el asunto es considerado de obvia y urgente resolución, en caso contrario el asunto se turna a la comisión correspondiente y sigue su trámite normal.

Actualmente en el Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, se establece que, para que un asunto sea dispensado de ser turnado a la comisión que corresponda, tendrá que tratarse de reformas constitucionales, comparecencias de funcionarios y asuntos que conlleven un menoscabo al erario público municipal o al de los integrantes del ayuntamiento, a la seguridad pública, a la libertad o al cumplimiento de un término legal a punto de fenecer, de este modo dicho reglamento se encuentra vigente. Es por ello la importancia de esta reforma.